Poder Ejecutivo emite el Decreto 642-26, que dispone el traslado temporal de la residencia oficial del presidente desde Santo Domingo a Santiago, del 14 al 16 de septiembre
Santiago.–El presidente Luis Abinaderemitió elDecreto número642-26,mediante el cual dispuso eltraslado temporalde la residencia oficial del presidente de la República,desde Santo Domingo de Guzmán,capital de República Dominicana,a la ciudad de Santiago de los Caballeros,durante el período comprendido entre estelunes 14 y el miércoles 16de septiembre de 2026.
La disposición establece que, durante este período, laresidencia oficialdel mandatario estará ubicada temporalmente en Santiago, desde dondedesarrollará su agenda de trabajocorrespondiente a estostres días.
El decreto dispone, además, que los ministros, viceministros, directores generales y demás funcionarios que dependen directamente delPoder Ejecutivopermanecerán al frente de sus respectivos despachos y adoptarán las medidas necesarias paragarantizarque la marcha administrativa del Gobiernono sufra ninguna alteración.
Asimismo, establece que losasuntos oficialescontinuarán siendo despachados por lavía ordinaria. Los interesados deberán dirigirse a los ministerios y dependencias correspondientes, que tramitarán ante laPresidencia de la Repúblicalos asuntos que requieran la intervención del jefe de Estado, mediante loscanales regulares de comunicación institucionalestablecidos para esos fines.
La medida es deaplicación inmediatay mantendrá su vigenciahasta el retornode la sede presidencial a su ubicación permanente en Santo Domingo de Guzmán.
El decreto fue enviado a los ministerios, direcciones generales y demás dependencias del Poder Ejecutivopara su conocimiento y los fines correspondientes.
Notes
Santiago.–El presidente Luis Abinaderemitió elDecreto número642-26,mediante el cual dispuso eltraslado temporalde la residencia oficial del presidente de la República,desde Santo Domingo de Guzmán,capital de República Dominicana,a la ciudad de Santiago de los Caballeros,durante el período comprendido entre estelunes 14 y el miércoles 16de septiembre de 2026. La disposición establece que, durante este período, laresidencia oficialdel mandatario estará ubicada temporalmente en Santiago, desde dondedesarrollará su agenda de trabajocorrespondiente a estostres días. El decreto dispone, además, que los ministros, viceministros, directores generales y demás funcionarios que dependen directamente delPoder Ejecutivopermanecerán al frente de sus respectivos despachos y adoptarán las medidas necesarias paragarantizarque la marcha administrativa del Gobiernono sufra ninguna alteración. Asimismo, establece que losasuntos oficialescontinuarán siendo despachados por lavía ordinaria. Los interesados deberán dirigirse a los ministerios y dependencias correspondientes, que tramitarán ante laPresidencia de la Repúblicalos asuntos que requieran la intervención del jefe de Estado, mediante loscanales regulares de comunicación institucionalestablecidos para esos fines. La medida es deaplicación inmediatay mantendrá su vigenciahasta el retornode la sede presidencial a su ubicación permanente en Santo Domingo de Guzmán. El decreto fue enviado a los ministerios, direcciones generales y demás dependencias del Poder Ejecutivopara su conocimiento y los fines correspondientes.